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Fallo de Corte Suprema da luz verde a deportaciones de indocumentados que cometen delitos menores

today03/05/2021 5

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En una decisión 5-3, el máximo tribunal de justicia facilitó al gobierno la deportación de inmigrantes indocumentados que llevan tiempo en el país y no han cometido faltas graves a la ley.


La Corte Suprema de Justicia dictaminó (5-3) este jueves que el gobierno federal puede deportar a inmigrantes indocumentados que han cometido delitos menores, un fallo que pone en riesgo de expulsión a extranjeros que batallan por permanecer en Estados Unidos y llevan mucho tiempo en el país.

En octubre, el máximo tribunal de justicia celebró una audiencia en la que los magistrados, tras los argumentos orales, mostraron mayor preocupación de que el fallo pudiera llevar a resultados adversos para los inmigrantes indocumentados que enfrentan la deportación y sus familias.

La ley de inmigración establece que, en última instancia, los inmigrantes indocumentados en proceso de deportación que demuestren que son elegibles para un alivio discrecional de la expulsión, y argumenten que su salida del país causaría un sufrimiento extremo a sus familiares inmediatos y extremadamente inusuales, podían pedirle al juez que proceda a una cancelación administrativa del caso y otorgarles la residencia legal permanente (green card).

Los magistrados Neil Gorsuch, John Roberts, Clarence Thomas, Samuel Alito y Brett Kavanaugh votaron a favor, mientras que los magistrados Sonia Sotomayor, Elena Keagan y Stephen Breyer vortaron en contra. La jueza Amy Barret se excusó de emitir un fallo.

El cambio

Los magistrados dijeron que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) “coloca directamente la carga de la prueba en el extranjero para demostrar la elegibilidad para el alivio de la deportación”, lo que significa que a partir de ahora no será el gobierno quien deba demostrar la inegibilidad del inmigrante para permanecer en el país, sino que será el indocumentado.

“En esta decisión, la Corte Suprema pone la responsabilidad en el inmigrante en demostrar que sí califica para parar su deportación, independientemente que el récord de convicción demuestre que cometió un crimen de torpeza moral”, explica José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida).

“El problema serio es que muchas personas tienen récord criminal, o bien están incorrectos o inconclusos o no se pude determinar de que fue hallado culpable. En esos casos, el gobierno no podía probar que el inmigrante era inelegible o deportable y el caso entonces terminaba”, agregó.

Guerrero dijo además que, “ahora con este fallo es el inmigrante que enfrenta el proceso de deportación quien tiene que demostrar que califica para el beneficio migratorio, independientemente del récord criminal. Esto, definitivamente, resultará en más personas deportadas”.

La decisión de la Corte Suprema responde al caso del inmigrante mexicano Clemente Avelino Pereida, quien lleva más de 25 años en Estados Unidos.

Pereida fue detenido en Nebraska debido a un intento por utilizar una tarjeta de seguro social falsa para obtener empleo.

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) le inició un proceso de deportación donde el inmigrante buscó la cancelación de la solicitud de deportación por el tiempo que llevaba en Estados Unidos.

El caso puso en el tapete la pregunta si una condena por intento de uso de una tarjeta de seguro social falsa, considerado una falta menor, calificaba como un delito que involucra mal carácter moral y con ello lo descalifica para la obtención de una cancelación de deportación.

Durante el proceso jurídico, la Corte de Apelaciones del 8º Circuito sostuvo que era responsabilidad de Pereida establecer su elegibilidad para la cancelación de la deportación. Pero el panel de jueces determinó que no era posible determinar qué inciso legal formó la base de la condena de Pereida.

La cancelación de deportación

La ‘cancelación de remoción’, también conocida como ‘cancelación de deportación’, es cuando un juez detiene la deportación de un inmigrante y le concede la residencia legal permanente al considerar que su expulsión significaría un sufrimiento excepcional, extremo e inusual a un hijo, cónyuge o padre ciudadano o residente legal en Estados Unidos.

Además de demostrar que el hijo, cónyuge o padre ciudadano o residente legal en Estados Unidos sufrirá de manera excepcional, extrema e inusual, el inmigrante indocumentado que enfrenta un proceso de deportación debe probar que lleva al menos 10 años ininterrumpidos en el país, “no tiene antecedentes criminales y demuestra que es una persona ejemplar”, advierte Lilia Velásquez, profesora adjunta de la facultad de Leyes de la Universidad de California en San Diego.

Velásquez advierte que, en un elevado porcentaje “los inmigrantes tienen dificultades” para demostrarle al juez que el familiar inmediato ciudadano estadounidense o residente legal permanente “sufrirá de manera excepcional, extrema e inusual”.

Según explica, durante la o las audiencias, el inmigrante en proceso de deportación debe mostrar evidencias tales como certificados médicos, recetas de medicamentos (si el paciente está medicado), pruebas psicológicas, tratamientos a los que ha sido sometido el familiar y los recetados en el futuro, diagnósticos médicos. “No es nada fácil. Y no todos los jueces se rigen por un protocolo. Cada juez de inmigración usa su discrecionalidad para decidir de acuerdo con los méritos de cada caso”, indica.

El fallo de este jueces emitido por la Corte Suprema agrega un mayor grado de dificultad a los inmigrantes que han cometido crímenes menores, indicaron los abogados consultados por Univision Noticias.

Fuente: Univision.com

Written by: editor

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